Inicio

Noticias

OPINIÓN DE PATERNA

Chat

Foro

www.Paterna.biz - La web comunicante

Volver a Noticias

 

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

TÍTULO I. CAPITULO 2º. SECCIÓN 1ª. De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

Artículo 20

1.      Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

2.El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

 

Manda tu artículo de opinión a opinion@paterna.biz, en el correo debe constar tu nombre completo, una vez recibido te contestaremos con otro correo para verificar la dirección, cuando contestes a este último se incluirá el artículo en la sección.

Paterna.Biz no se hace responsable del contenido de las opiniones que aqui se publican, siendo la misma del autor del escrito.

OPINIÓN

 

Volver a Noticias

Subir

 Inicio

Noticias

OPINIÓN DE PATERNA

Chat

Foro

www.paterna.biz