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21 de marzo de 2017

Detenidos en Paterna por cobrar del seguro 21.940€ por el robo de su coche

Agentes de la Policía Nacional han detenido en Paterna a una pareja de 40 y 41 años, de origen español, como presunta autora de un delito de estafa, y a la mujer además como presunta autora de un delito de simulación de delito, tras denunciar falsamente la sustracción de su vehículo y cobrar el seguro de su compañía.
Las investigaciones se iniciaron en septiembre al tener conocimiento los agentes que una mujer había denunciado la sustracción de su vehículo, un coche de alta gama, tras dejarlo perfectamente estacionado y cerrado en la calle Eugenia Viñes de Valencia.
Los policías localizaron el vehículo un mes más tarde aparcado junto a un supermercado de la localidad de Paterna, sin daños y correctamente estacionado y cerrado, dando cuenta de inmediato a los denunciantes, que comunicaron no ser ya los propietarios del mismo.
Continuando con las investigaciones, los policías averiguaron ya habían cobrado la indemnización de 21.940 euros de su compañía de seguros, así como que el coche nunca había sido sustraído. Se da la circunstancia que el vehículo había sido localizado 12 días después de haber cobrado la indemnización del seguro. La mujer había denunciado así como el marido a sabiendas de ello había recibido el dinero de indemnización de su seguro.
Como consecuencia de las investigaciones, los agentes detuvieron a la mujer como presunta autora de los delitos de simulación de delito y estafa y al hombre como presunto autor de un delito de estafa.
Los detenidos, sin antecedentes policiales, tras ser oídos en declaración fueron puestos en libertad, no sin antes ser advertidos de la obligación de comparecer ante la Autoridad Judicial cuando para ello fuesen requeridos.

 La denuncia falsa puede tener una responsabilidad penal

Todas las denuncias se investigan para al esclarecimiento de los hechos, la protección de las víctimas y la identificación del posible o posibles autores de los hechos denunciados, así como la veracidad de los mismos.
En todas las denuncias se informa de los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y del Código Penal relacionados con las denuncias, incluyéndose en un párrafo del atestado de la denuncia, como se enuncia a continuación:
“que ha sido informado de la obligación legal que tiene de decir la verdad (Art.433 de L.E.CR.) y de la posible responsabilidad penal en la que puede incurrir en caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o con temerario desprecio hacia la verdad (Art. 456 de Código Penal), simular ser responsable o víctima de una infracción penal (Art. 457 de Código Penal), o faltar a la verdad en su testimonio (Art. 458 de Código Penal)”.

 

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