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16 de diciembre de 2020

Desestima el recurso del Ayuntamiento sobre el asesor del PP despedido

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha desestimado el recurso del equipo de gobierno socialista del Ayuntamiento de Paterna sobre el asesor del Partido Popular despedido, tras reducirse el número de concejales de este grupo municipal por pasar algunos al grupo de los no adscritos en la pasada legislatura, fijando unas costas del proceso de 800 euros que deberá abonar el consistorio.

La principal causa de esta sentencia es la falta de audiencia al grupo municipal del PP para que fueran ellos quienes eligieran el asesor que se quedaba.

Según indican en el fallo,  "de los seis concejales del grupo popular en el Ayuntamiento demandado según los resultados de las elecciones que se celebraron en mayo de 2015, la representación de dicho partido en la citada Corporación quedó reducida a tres miembros. Abandonaron el grupo tres de ellos que pasaron a ser no adscritos al mencionado grupo. Esta reducción determinó que los asesores, personal eventual, del citado grupo, que eran dos, se tuvieran que reducir a uno solo. Ante esta situación se dicta el Decreto de la Alcaldía de 26-7-2018 por el que se acuerda el cese como personal eventual a Enrique Guillem del puesto de asesor del Área Política de Seguridad, Infraestructuras y Medio Ambiente del grupo municipal del Partido Popular".

El partido sostuvo ante los tribunales "que se ha vulnerado su derecho de participación política porque se ha cesado al eventual nombrado a sus instancia más beligerante contra la Alcaldía por haber denunciado en varias ocasiones a su titular por prevaricación, habiéndose optado por mantener al otro asesor, más afín a aquellos concejales que abandonaron dicho grupo municipal".
La sentencia del Juzgado apelada estima el recurso, apreciando vulneración del art. 23.2 de la Constitución Española al haberse procedido al cese de Guillem sin haber dado previa audiencia al grupo municipal del Partido Popular que hizo la propuesta de nombramiento, tal y como se acordó en el pleno municipal de 6- 7-2015, sin que la baja o incapacidad temporal del otro asesor, María Olvido, conste como motivación en el acto recurrido.
El recurso presentado por el Ayuntamiento de Paterna sostiene que "el grupo municipal del Partido Popular desde el 18 de julio de 2018 en que abandonó el grupo un concejal pasándose a los no adscritos, quedando con tan solo 3 concejales, conocía que no le pertenecían dos asesores sino uno solo y a pesar de darse esas circunstancias las silenció y no tomó ninguna iniciativa para manifestar cual de los dos asesores disponibles se debía mantener. Ante dicha pasividad la Alcaldía optó por cumplir la legalidad y cesar a Guillem".

La sentencia no es firme y se puede presentar un recurso de casación ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo.

Domingo M. Martínez 

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