FAVEPA
denuncia un supuesto caso de "desvío de poder" por modificación de
Normativa Urbanística
La
Federación de Asociación de Vecinos de Paterna (FAVEPA) han anunciado
"su oposición a la modificación de la Normativa Urbanística propuesta
por el Ayuntamiento de Paterna, debido a que consideran que esta medida
va en contra del interés público y es simplemente una estrategia para
eludir la responsabilidad derivada de la concesión de una licencia de
obras declarada ilegal, lo cual se tipifica legalmente como desviación
de poder".
Según indica la federación "el Juzgado de lo Contencioso Administrativo
N.º 9 de Valencia emitió la sentencia número 221/2022 que condenó al
Ayuntamiento de Paterna a anular una licencia de obras otorgada
ilegalmente y a demoler una edificación unifamiliar construida bajo su
amparo. Esto ha llevado al Ayuntamiento a enfrentar una indemnización de
aproximadamente 500.000 euros al propietario afectado".
"Contraviniendo la legislación autonómica que prohíbe alterar
arbitrariamente la topografía del terreno, el Ayuntamiento de Paterna
autorizó un proyecto que elevó gran parte de una parcela plana en el
barrio de La Cañada hasta una altura de 1,5 metros por encima del nivel
natural del terreno. Esta decisión resultó en otras irregularidades,
como la altura excesiva de la edificación y los muros limítrofes",
explican.
La federación argumenta que "esta licencia ha perjudicado los derechos
de los vecinos colindantes, ya que ha permitido que la parcela en
cuestión se convierta en una gran terraza-mirador que afecta la
privacidad, ventilación e iluminación de las parcelas circundantes,
además de convertirlas en el receptor de las aguas de escorrentía. En
lugar de corregir esta irregularidad específica, el Ayuntamiento de
Paterna ha tomado la medida más perjudicial para el interés público al
iniciar la modificación del artículo 160 del Plan General de Ordenación
Urbana (PGOU). Si esta modificación es aprobada, cualquier promotor
tendrá la libertad de generar desniveles artificiales de hasta 3,45
metros dentro de una parcela o en los límites entre parcelas, lo que
permitiría que la edificación objeto de la condena se acoja a la nueva
normativa y evite cumplir con la sentencia judicial".
FAVEPA insiste en que el Consistorio "ha pasado por alto el hecho de que
esta modificación normativa sigue contraviniendo el artículo 8 del Texto
Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad
Urbanística de la Comunidad Valenciana (TRLOTUP), que prohíbe la
alteración de la topografía. Esta situación no debe ser tomada a la
ligera, ya que más allá de la destrucción de la armonía paisajística y
el desorden urbanístico, se sabe que la alteración del relieve del
terreno, combinada con lluvias torrenciales, puede tener consecuencias
catastróficas, como se ha evidenciado en experiencias previas en la
Comunidad Valenciana".
"En cuanto al problema de las inundaciones, resulta preocupante que el
Ayuntamiento ni siquiera haya analizado las posibles consecuencias que
tendrían los desniveles artificiales de 3,45 metros en las zonas de
Paterna con mayor riesgo de inundación. Es importante destacar que el
cumplimiento del Plan de Acción Territorial sobre Prevención del Riesgo
de Inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA) exige evitar
disposiciones edificatorias que incrementen el calado del agua en el
entorno debido al efecto barrera, así como garantizar que las vallas y
muros de las parcelas sean permeables al flujo del agua a partir de los
30 centímetros de altura en todo su perímetro, para evitar el riesgo de
rotura brusca", indican.
La asociación de Urbanizaciones de La Canyada (AVUC) junto a la
federación vecinal hacen un llamamiento al Ayuntamiento de Paterna "para
que reconsidere esta modificación normativa y tome en cuenta los riesgos
y perjuicios que puede acarrear al barrio de La Canyada. Además, instan
a las autoridades competentes a evaluar detenidamente el impacto
ambiental y social de dicha modificación antes de tomar una decisión
final". |