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29 de mayo de 2024 |
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Así es el voto por correo en las Elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio
El
9 de junio de 2024 se celebrarán en España las Elecciones al Parlamento
Europeo. Correos ha adoptado todas las medidas organizativas necesarias
para el correcto desarrollo de las actividades que le son encomendadas
durante los procesos electorales y para la gestión del voto por correo. Solicitud de voto por correo: vía web o en oficinas, hasta el 30 de mayo Los electores que deseen votar por correo en las Elecciones al Parlamento Europeo todavía pueden solicitar hasta el día 30 de mayo (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral, vía online o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España. Solicitud de voto por correo telemática y cómo consultarla
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es),
sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de
solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su
identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como
sistemas de identificación válidos los certificados de persona física
reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores
cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico
(DNI-e). Solicitud de voto en oficinas
La solicitud de voto por correo también puede realizarse gratuitamente
en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser
realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o
discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le
impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser
presentada en nombre del elector por otra persona autorizada
notarialmente o consularmente. Entrega en mano de la documentación electoral
Tras comprobar la inscripción de los solicitantes del voto por correo en
el censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo
Electoral remiten los envíos con la documentación electoral (certificado
de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las
candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud,
con carácter certificado y urgente. Actualmente, estos envíos ya se
están realizando. Cómo pedir que la documentación electoral se reenvíe a otra dirección
Una
vez que la Oficina del Censo Electoral (OCE) ha remitido la
documentación electoral a la dirección indicada por el solicitante, la
Junta Electoral Central permite la reexpedición de esa documentación
electoral a otras señas, siempre que medie petición expresa del elector.
Por ejemplo, si una persona ha solicitado recibir la documentación
electoral en una dirección y tiene que irse antes de recibirla, puede
realizar este trámite en cualquier oficina informatizada de Correos,
siendo obligatorio para ello que facilite el número de registro de la
documentación electoral que desea reexpedir, y que puede obtener en la
siguiente dirección de la OCE. Depósito del voto: hasta el 6 de junio
El solicitante tiene de plazo hasta el jueves, 6 de junio, para
depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda
España, en su horario de apertura habitual, según el acuerdo de
ampliación de plazo acordado por la Junta Electoral Central. Autorización para delegar el depósito del voto
Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir
personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán
otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra
persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector
y acompañarse de la fotocopia de su Documento Nacional de Identidad,
pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la
fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza. Tarjetas censales y propaganda electoral
Además de las gestiones relacionadas directamente con el voto por
correo, la colaboración de Correos en las Elecciones al Parlamento
Europeo se extiende también al reparto de las tarjetas censales y a los
envíos de propaganda electoral, además, en algunos casos, de las
comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales de los Ayuntamientos
con los que hay acuerdo, el envío a los Ayuntamientos de la lista del
censo, la recogida de documentación el día de las elecciones, etc. Todos los recursos necesarios
Correos está poniendo todos los recursos humanos, tecnológicos y
logísticos necesarios para garantizar el cumplimiento de los compromisos
que le son encomendados en los procesos electorales. | |||
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