El Pleno del Consell aprueba ayudas directas para las personas y los
municipios afectados por la DANA
El Pleno del Consell ha aprobado dos decretos para la concesión directa
de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad
de las personas físicas y para la cobertura de los daños producidos en
los municipios que se han sido afectados por la Depresión Aislada en
Niveles Altos (DANA) que se produjo el 29 de octubre en la Comunitat
Valenciana.
Con estas ayudas, el Consell responde a la necesidad de proveer de los
medios indispensables que requieren en estos difíciles momentos las
personas y los municipios más directamente afectadas por el temporal de
viento y lluvias.
Los ciudadanos y ayuntamientos que podrán acogerse a estas ayudas son
los pertenecientes a Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache,
Alcàsser, l’Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet,
Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió,
Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet,
Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva,
Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar,
Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai,
Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa, Mislata, Montroi, Montserrat,
Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer,
Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete
Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la
Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València, Vilamarxant, Xirivella y
Yátova.
Decreto para las personas afectadas
El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que destina 200
millones de euros en ayudas directas para las personas afectadas por la
DANA. En concreto, el importe de la ayuda por vivienda será de 6.000
euros.
Las personas cuya vivienda haya sufrido daños como consecuencia del
temporal, y se encuentre dentro de los términos municipales
damnificados, podrán solicitar la subvención desde la fecha de
publicación del decreto hasta el 16 de diciembre de 2024. Cabe destacar
que las ayudas son compatibles con otras ayudas que puedan conceder se
por otras administraciones públicas.
La persona solicitante deberá aportar el título jurídico que le habilita
para hacer uso de la vivienda o documento con valor probatorio de
residencia en la vivienda afectada; declaración responsable del
domicilio exacto de la vivienda afectada, así como declaración de
conformidad con las bases reguladoras, así como la documentación
acreditativa para domiciliación bancaria.
Se podrá presentar también la solicitud de ayuda adjuntando un
certificado del Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la
vivienda.
La documentación, debidamente cumplimentada y firmada, deberá
presentarse en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas
por la Generalitat, a estos efectos, o, en su caso, en las oficinas
habilitadas por la Generalitat, preferentemente en la de la localidad en
la cual se ubica la vivienda. Asimismo, podrán presentarse de manera
telemática en el portal de la Generalitat.
Ayudas directas a municipios
El segundo decreto que ha aprobado el Consell ha sido la concesión de
ayudas directas a los municipios por los daños en bienes e
infraestructuras producidos por el temporal.
La línea económica será de 50.000.000 euros, de los cuales 20.000.000
euros se consignarán en el presupuesto de la Generalitat para el
ejercicio 2024, y los otros 30.000.000 euros, en el presupuesto de la
Generalitat para el ejercicio 2025.
La partida presupuestaria se destina a cubrir los gastos urgentes y
extraordinarios tanto corrientes como de personal que hayan debido
acometer y a la cobertura de los gastos derivados de actuaciones
inaplazables en situación de emergencia, llevados a cabo en el mismo
momento de producirse esta o en los inmediatamente posteriores a la
finalización de los hechos causantes, siempre que su objeto sea el
funcionamiento de los servicios públicos esenciales e imprescindibles
para garantizar la vida y la seguridad de las personas.
El pago de las cuantías otorgadas a los ayuntamientos se realizará
mediante el libramiento de la cantidad mínima inicial de 200.000 euros
para cada uno de los municipios afectados por el temporal.
La gestión de esta ayuda se canalizará mediante la Comisión
Interdepartamental para el Seguimiento y Coordinación de la
Postemergencia y la Oficina Única Postemergencia, para el seguimiento y
coordinación de las actuaciones posteriores a una catástrofe o
emergencia, tal y como recoge la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de
Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Comunitat Valenciana.
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